jueves, 20 de junio de 2013





¿QUÉ HA CAMBIADO?

 

Nuestra primera casa de estudios superiores, la Universidad de Panamá, fue creada en el año 1935, bajo la gestión del Presidente Dr. Harmodio Arias, iniciando con 175  estudiantes en el Instituto Nacional.  No fue hasta el año 1946 que se creó la primera ley que reguló su funcionamiento.  En sus inicios la orientación de la Universidad de Panamá fue esencialmente orientada hacia el profesional, ya que pretendía atender las demandas de personal altamente calificado en aras de poder satisfacer las tareas esenciales del Estado y de las empresas privadas de aquel entonces.   En el año 1950 la institución pasa a funcionar en su propio Campus, iniciando con 4 Facultades, para posteriormente ir creándose nuevas facultades y carreras, además de iniciar su expansión hacia el interior del país, a través de las Extensiones Universitarias. 

 

La Universidad de Panamá se reestructuró en junio de 1981 con la Ley 11, la cual sustentó su democratización y puso las pautas para su proceso de transformación a través de un plan de desarrollo Universitario que permitiría contar con las herramientas técnicas, que sustentaran el proceso de toma de decisiones y orientar los cambios institucionales a realizarse en un futuro (creación de facultades nuevas, vicerrectorias, centros regionales, universidades populares, nuevas carreras institutos, centros de investigación,  y su relación con los sectores productivos del país, entre otras).  

 

Como podemos observar la educación superior y fundamentalmente la universitaria ha experimentado cambios importantes en sus objetivos, estructura y funcionamiento a lo largo de su existencia.    Iniciamos nuestro análisis resaltando que uno de los cambios significativos que se han dado en el nuevo Estatuto Universitario es lo concerniente a los órganos de de co-gobierno  de la institución.  Las reformas a los estatutos de la Universidad de Panamá eran ya una necesidad que no se podía seguir posponiendo; ya que los mismos no le permitían ya a la institución poder brindar  y ofertar nuevas alternativas acordes a un mundo modernizado y globalizado en donde la modernización tecnológica era ya una necesidad para su subsistencia.

 

Iniciamos nuestro análisis de los nuevos estatutos de la Universidad de Panamá refiriéndonos a  sus primeros capítulos en donde se destaca que es una universidad oficial de la República que  tiene carácter popular, está al servicio de la nación panameña y, mantiene el concepto de autonomía.  La Universidad de Panamá se inspira en los más altos valores humanos y está dedicada a la generación y difusión del conocimiento,  a la investigación y a la formación integral, científica, tecnológica, humanística y cultural, dentro del marco de la excelencia académica, con actitud crítica y productiva.

 

Se enuncian otros conceptos básicos de suma importancia como lo son: la naturaleza, los principios, fines y funciones de la Universidad de Panamá.   Posteriormente se enuncian los principales órganos colegiados de co-gobierno de la institución, los cuales son: el Consejo General Universitario (CGU), el Consejo Académico, el Consejo Administrativo, el Consejo de Investigación, los Consejos de Facultades, el Consejo de Centros Regionales, las Juntas de Facultades, Consejo de Centros Regionales, y las Juntas de Escuela. 

 

Es fundamental recalcar, a nuestro parecer, que los co-órganos de gobierno de mayor beligerancia son el Consejo Académico, el Consejo Administrativo y el Consejo General Universitario.  El Consejo General Universitario es el máximo órgano de co-gobierno de la Universidad de Panamá, tiene carácter colegiado.  Este consejo tiene un carácter, pudiésemos decir político; ya que es el encargado de elaborar las políticas internas de la institución y aprobar sus estatutos. Establecer las directrices generales para el funcionamiento de la institución y garantizar el funcionamiento de la docencia, la investigación, la extensión, la administración, la producción y los servicios existentes en ella o que se establezcan en el futuro.  Este órgano tiene la potestad de ratificar o quitar las autoridades universitarias en caso de ser necesario y las circunstancias lo ameriten.

 

Por otro lado el Consejo Académico  tiene entre sus funciones las de establecer las políticas, las estrategias y los programas institucionales para el desarrollo de las funciones de docencia, investigación, extensión y producción, así como los servicios y difusión cultural y del conocimiento en la Universidad de Panamá.  También le corresponde velar por la elevada calidad, la pertinencia, la eficiencia y la eficacia de la docencia, investigación, la extensión y la producción.

 

El Consejo Administrativo es el máximo órgano de co-gobierno en asuntos administrativos, económicos, financieros y patrimoniales de la institución.  De igual manera se definen todas las autoridades universitarias de diversos niveles con sus funciones, deberes, derechos y responsabilidades al igual que para cada uno se estos órganos de gobierno; también se define la forma como son escogidos sus representantes de manera democrática.  Es de suma importancia resaltar que muchas de las funciones que tenían las autoridades y los respectivos órganos de gobierno existentes han debido ser modificadas y ponerse acordes a la realidad de la institución, del país y del mundo; ya que los grandes cambios académicos, tecnológicos y científicos que ha sufrido la educación desde el año de 1935 cuando se creó la Universidad de Panamá.

 

Posteriormente en 1981 cuando se creó la Ley 11,  hasta nuestros días han sido muy sustanciales.  Hoy día nuestra institución lucha día a día por mantenerse como bastión de la educación superior panameña, brindando a la población estudiantil y a la sociedad un mayor número de ofertas académicas, que muchas otras universidades quisieran brindar pero debido a los altos costos de inversión que representan estas no les es posible hacerlo.  Muchas de las funciones de las autoridades y de nuestros órganos de gobiernos han debido sufrir cambios beligerantes, ya que la proyección de la institución ya no es solo hacia adentro de la institución, sino hacia la población civil, el Estado y las empresas privadas, que día a día aumentan sus demandas de personal calificado para la atención de un mercado de consumo y tránsito como se da en nuestro país.

 

Ahora bien, en cuanto a las secciones del estatuto que comprenden al personal docente de la institución, es importante resaltar que en estas se definen las diferentes categorías existentes para el personal docente y al mismo tiempo se enuncian los nuevos requisitos que deberá tener un docente para cambiar o subir de categoría.   De igual forma observamos que la institución a través de este nuevo instrumento ha ido aumentando el nivel académico que deberán tener los nuevos docentes que deseen ingresar a la institución; ya que los requisitos académicos han sido modificados en aras de poder contar la institución con una mayor gama de profesionales que cuenten ya no solo con una Licenciatura, sino también con estudios de Post Grado, Maestría y Doctorado. 

 

Esta situación, podemos indicar que era carencia académica que tenía nuestro estatuto, la cual producía un cierto nivel de desconfianza hacia la institución, puesto que en otras instituciones como la nuestra se contaba  con profesores con mayor grado académico que los que se exigían en la nuestra.   Esta misma situación provocada muchas veces ciertos malestares y problemas para crear cursos de maestrías, debido a que no se contaba con profesionales con maestría o doctorado que pudiesen dictar los cursos y darle mayor validez académica a estos.   En la mayoría de las veces se debía contratar personal foráneo de la institución o del país para poder brindar dichos cursos.   Modificaciones de esta índole, no solo le abrirán cada día más las puertas a la institución en su reconocimiento académico, sino que está provocando una mayor competitividad e instinto de superación académica entre los docentes de la institución, los cuales ahora irradian dicho instinto de superación a sus estudiantes, incitándolos a seguir superándose académicamente cada día más.

 

Al tener la Universidad de Panamá un cuerpo docente con un alto nivel académico estará día a día, con mayor capacidad para aumentar la oferta de nuevas carreras a la comunidad estudiantil a nivel nacional e internacional.   Existe una sección del nuevo estatuto en donde se les brinda al docente facilidades para que puedan realizar estudios de post grado o maestrías en la institución, a través de descuentos o becas para incentivar la superación académicas de estos.  Uno de los cambios más espectaculares que ha tenido la educación superior es sin duda la amplia oferta de estudios de postgrado, en diversas áreas del conocimiento, con sede en diferentes centros regionales del país.  Dentro de las modificaciones  realizadas al estatuto universitario vemos también  que han sido redefinidos los requisitos para los concursos de cátedras y sus mecanismos de calificación, más acordes a una institución educativa que lucha por el reconocimiento no solo nacional sino también internacional.

 

Los cambios que hemos enunciado hasta el momento son a consecuencia del nuevo escenario mundial que vivimos y que coincide con la enorme marejada de la competitividad, un mundo globalizada y una nueva era del conocimiento, se plantean nuevos desafíos para la educación superior, pero como cualquier acción esta provoca una reacción por lo que se convierte en portadora de nuevas tensiones o reacciones adversas a los nuevos cambios.   

 

Entre algunas de estas tensiones podemos mencionar: tensión entre la tradicionalidad y la modernidad, entre una universidad para profesionales y una universidad que investiga, crea conocimientos y desarrolla sus funciones de modo integral; entre la burocratización y el desarrollo equilibrado de la organización;  entre  la expansión cuantitativa, la calidad y pertinencia de la oferta; entre una institución centrada en la oferta y una que responde a los requerimientos del mercado y la demanda social; entre una educación elitista que favorece a los sectores de ingresos medios y altos y una educación democrática con equidad y excelencia; entre una institución autónoma y aislada y una institución autónoma integrada al sector productivo, al Estado y al desarrollo nacional.

 

Nuestra población estudiantil universitaria ha tenido un crecimiento significativo y esto ha sido posible no solamente debido a la creación de nuevas carreras sino, al hecho de poder contar en todas las nueve (9) provincias del país con un centro regional o una extensión universitaria, además de contar con varias sedes universitarias en la provincia de Panamá.  Este sistema de oferta académica a nivel nacional permite a cualquier persona que decida realizar estudios universitarios poder realizarlos sin tener que dejar su región o provincia.   Sabemos que este fenómeno o proceso de expansión cuantitativa de la educación no ha terminado ni es exclusivo de la Universidad de Panamá, pues el acelerado crecimiento de la población  tiende a ser un desafío para la educación superior en el futuro, como lo podemos observar en nuestro país a través de incremento de centros universitarios privados en otras provincias.   Sin embargo,  habrá que regularlo ya que plantea serios cuestionamientos relacionados con la masificación de la enseñanza y la calidad de la formación que ofrecen estos algunos de estudios superiores.  

 

En la actualidad más de 3,000 estudiantes se encuentran realizando estudios de postgrado, maestría y doctorado en las diferentes universidades del país.  De este total, cerca de una tercera parte la aporta la Universidad de Panamá, mediante unos 50 programas de postgrado y de maestría que oferta al país.   Este hecho ha contribuido a elevar el nivel de formación de los profesionales panameños en una época en que se demanda mayores competencias y conocimientos de las personas.  Muchas de estas ofertas tienen requisitos y condiciones flexibles, lo cual favorece el acceso y permanencia de sus estudiantes, pero al mismo tiempo puede ser un factor de debilitamiento de la calidad  estos programas.

 

Nuestros nuevos estatutos también contemplan normativas para el personal administrativo, el cual está regulado en un Régimen de Carrera Administrativa vigente.   En estos se contemplan los deberes y derechos  de los funcionarios administrativos de la Universidad de  Panamá.  Esta ley de carrera administrativa debe ser revisada cada dos años  en aras de mantenerla lo más actualizada posible.   Esta ley de carrera administrativa está entrelazada con la escala salarial existente para cada cargo, además goza esta de incrementos cada dos años por antigüedad del funcionario previos resultados de la evaluación anual del funcionario administrativo.

 

Se reconoce el derecho de la libre  organización a los estudiantes universitarios. Para tal efecto, las organizaciones estudiantiles adoptarán las normas para su estructuración y funcionamiento.

De igual manera, se enuncian una serie de disposiciones generales para los estudiantes, además de los deberes y derechos en la Universidad de Panamá.  También se estipulan los mecanismos  y requisitos que debe llenar el estudiante para ingresar a la misma.   Se indican las normas de calificación de la institución, índices académicos, sistemas de evaluación académica, graduaciones, menciones honoríficas, etc.  En atención a lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Universidad de Panamá, los lineamientos generales de la política de ingreso los establece el Consejo General Universitario. Con base en estos, el Consejo Académico reglamentará el ingreso de nuevos estudiantes, garantizando que el aspirante a estudios de pregrado y grado, posea el título de Educación Media o Bachillerato que corresponda, debidamente reconocido por el Estado

panameño.

 

Los estatutos también contemplan los regímenes disciplinarios para el personal docente, estudiantil y administrativo en aras de proteger la integridad e imagen de la institución y las leyes del país y la prevalencia de la vida universitaria en paz y tranquilidad.   También se contempla en el nuevo estatuto los mecanismos y procesos para separar del cargo a las autoridades de la institución; la funciones del Defensor de los derechos de los universitarios; del Organismo Electoral Universitario.   Si bien es cierto, una institución de educación superior debe estar avocada al desarrollo de los programas académicos acordes a la realidad de un mundo cambiante, en donde  las ciencias y las tecnologías cambian a diario.  Aunque también es cierto que para que este proceso sea bien complementado la universidad debe contar con estudios e investigaciones que ayuden a mejorar la productividad, la salud, la sociedad, la naturaleza y todo el contorno nacional en sus diferentes facetas.  

 

Si hacemos un compendio de los productos de las investigaciones a nivel nacional veremos que son escasas y nuestras universidades no están aplicando su enorme potencial científico y tecnológico.  La investigación se encuentra dentro de la órbita de preocupaciones de unos pocos centros universitarios, entre ellos la Universidad de Panamá.  Dentro de los cambios realizados a los estatutos de la Universidad de Panamá, podemos observar que se crea un Consejo de Investigación con todas sus funciones e inherencias para la revisión, aprobación  y  desarrollo de las investigaciones científicas, sociales, culturales, y de otras índoles; pero al ir  a la realidad vemos que para que estas investigaciones se realicen tiene el docente o investigador realizarlas de sus recursos personales, la mayoría de las veces; ya que se exige que se realice investigación pero no se brinda recursos económicos para su desarrollo.

 

Le corresponde a la Vicerrectoría de Investigación y Post Grado promover y mantener una cultura de investigación en los estudios de postgrados, la producción y los servicios especializados de su competencia.  Debe proponer los lineamientos de políticas y elaborar los planes de investigación, estudios de postgrado, producción y servicios especializados en función de las necesidades del desarrollo humanístico, científico y tecnológico.  Coordinar el proceso de evaluación del plan de investigación, postgrado, producción y servicios especializados.

 

Es lamentable que muchas veces estas investigaciones no puedan ser publicadas en revistas de reconocimiento internacional (Journals) a menos que el investigador sufrague dichos costos.  Aunque existan muchas agencias internacionales que promueven y patrocinan proyectos de investigación, estas se rigen por líneas de investigación aprobadas por sus patrocinadores para cada bienio, lo cual no contempla  a todas las investigaciones que se desean realizar a pequeña escala en nuestro país y que a veces difieren también de las aprobadas por el Estado panameño.

 

Se aducen muchos factores en relación a esta debilidad que se plantea en cuanto a los recursos para realizar investigación, entre ellos podemos mencionar: la falta de infraestructuras científicas necesarias; la falta de una cultura científica en el país (que ha llevado a darle una atención subordinada a  la investigación y difusión del conocimiento); la carencia de investigadores de alto nivel en áreas consideradas estratégicas; la dispersión en las políticas, planes y acciones de desarrollo científico y tecnológico en el país; así como la escasa relevancia que tiene la investigación en los programas de formación en los niveles de grado y postgrado.

 

Irónicamente esta situación es totalmente contradictoria con los momentos históricos que vivimos, en donde el conocimiento y la innovación tecnológica son los elementos resaltadores como definitorios del desarrollo humano de la población, de la configuración de una nueva sociedad y de la participación exitosa de nuestro país en un mundo cada vez más competitivo y globalizado.    No podemos dejar de recalcar que la Universidad de Panamá es la única institución de educación superior en la República de Panamá que oferta la mayor gama de carreras diversas, sobre todo en el área científica y humanística.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Referencias

 

 Orígenes y Evolución de la Universidad de Panamá.


www.up.ac.pa/ftp/2010/principal/.../Libro_Orígenes_y_Evolución_2010.p...

 

 

Gaceta Oficial Nº26,202 del 15 de enero de 2009. Estatuto de la Universidad de Panamá.

 

 

Gaceta Oficial Nº26,247 del 24 de marzo de 2009. Estatuto de la Universidad de Panamá.